CORRECCIONES DEL CATASTRO
Debido a diversas circunstancias, el Catastro Español contiene numerosos errores en su definición geométrica. Mediante un acuerdo entre el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en topografía y la Gerencia de Catastro, los Topógrafos colegiados pueden realizar los tramites administrativos para su correción.
Estos tramites comienzan con la medición de la propiedad, si se aprecia un error en el catastro con respecto a la medición realizada, el topógrafo realiza el "Acta de deslinde contradictorio". Con este acta, se cita a los vecinos colindantes con la propiedad y se propone la firma del documento. Este acta puede ser firmada por los colindantes o pueden presentar objeciones. En cualquier caso, el Topógrafo realizará el "Expediente de subsanación de discrepancias", en cual incluirá entre otras documentaciones el informe de la medición de la finca y el acta de deslinde contradictorio con las posibles objeciones. Este expediente lo presentará el topógrafo ante el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía para su revisión y visado, el propio Colegio, lo registrará ante la Gerencia de Catastro para que inicie el proceso de correción.